Sábado, Abril 20, 2024

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El suministro a residencia en Andalucía se asignará por concurso

Andalucía ha aprobado el decreto que regula la prestación farmacéutica en los centros sociosanitarios residenciales para personas mayores y con discapacidad. Entre las novedades de la regulación se encuentra la realización de concursos públicos a los que puedan optar las farmacias comunitarias que quieran suministrar a las residencias de menos de 50 camas. Las de un número superior de residentes serán servidas directamente por los Servicios de Farmacia Hospitalaria.

De este modo, para las residencias con menos de 50 camas (524 centros), el suministro se realizará a través de oficinas de farmacia que se seleccionen mediante concurso, garantizando su libre concurrencia entre las localizadas en la Unidad Territorial Farmacéutica donde se ubique el centro. En el caso de que la convocatoria quede desierta, el proceso de selección se ampliará a unidades colindantes.

Andalucía ha aprobado el decreto que regula la prestación farmacéutica en los centros sociosanitarios residenciales para personas mayores y con discapacidad. Entre las novedades de la regulación se encuentra la realización de concursos públicos a los que puedan optar las farmacias comunitarias que quieran suministrar a las residencias de menos de 50 camas. Las de un número superior de residentes serán servidas directamente por los Servicios de Farmacia Hospitalaria. Así lo anunció el consejero de Salud de la comunidad autónoma, Aquilino Alonso, tras la aprobación del decreto por parte del Consejo de Gobierno andaluz.

De este modo, para las residencias con menos de 50 camas (524 centros), el suministro se realizará a través de oficinas de farmacia que se seleccionen mediante concurso, garantizando su libre concurrencia entre las localizadas en la Unidad Territorial Farmacéutica donde se ubique el centro. En el caso de que la convocatoria quede desierta, el proceso de selección se ampliará a unidades colindantes.

Según el Decreto, los hospitales del Servicio Andaluz de Salud (SAS) facilitarán directamente los fármacos y productos sanitarios a los servicios de farmacia y depósitos de medicamentos de los centros residenciales con más de 50 camas (314 centros) en forma de unidosis, mientras que las farmacias comunitarias que ofrezcan este servicio deberán realizarlo mediante la aplicación de Sistemas Personalizados de Dosificación (SPD) a partir de las presentaciones comerciales que tengan el precio por unidad más bajo, sean envases clínicos o envases normales, cuando la prescripción haya sido realizada por principio activo.

El decreto establece un plazo máximo de seis meses para la convocatoria de este procedimiento. Una vez resuelto el concurso, el suministro de fármacos y productos sanitarios comenzará en un plazo máximo de tres meses. Los depósitos de medicamentos de los centros desarrollarán su actividad bajo la responsabilidad directa de una persona farmacéutica de la oficina a la que estén vinculados. Esta adscripción no deberá superar los dos años.

Cabe destacar, además, que las farmacias deberán dedicar, al menos un tiempo de 25 minutos por cama y mes de un licenciado en Farmacia, así como 35 minutos por cama y mes de un profesional técnico.

Finalmente, las farmacias de núcleos de población aislados, con menos de 1.000 habitantes, podrán continuar atendiendo a los centros residenciales de menos de 50 camas durante un plazo máximo de diez años, si así lo solicitan y siempre que hayan estado prestando el servicio durante un año antes de la entrada en vigor del Decreto.

Ver Decreto 512/2015, de 29 de diciembre
 
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