La multa se impone en el grado máximo al tipificarse la infracción como muy grave y concurrir circunstancias agravantes
El Consejo de Gobierno ha acordado sancionar con una multa de 300.000 euros al titular de una oficina de farmacia de la provincia de Cádiz por comercializar y distribuir, como almacén mayorista no autorizado, medicamentos que previamente adquiría para su negocio a los proveedores legales. La Ley 29/2006 de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos sanitarios tipifica como infracción muy grave realizar, por parte de las oficinas de farmacia, actividades de distribución de medicamentos a otras oficinas de farmacia, almacenes mayoristas autorizados, u otras entidades, centros o personas físicas sin autorización para la actividad de distribución, o bien la realización de envíos de medicamentos fuera del territorio nacional. La sanción acordada se impone en su grado máximo al concurrir, además, circunstancias agravantes de fraude, incumplimiento de las advertencias previas, perjuicio causado, permanencia o transitoriedad de los riesgos y beneficio obtenido con la infracción, entre otras. El procedimiento sancionador fue iniciado en 2014 por la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Cádiz, a raíz de la labor realizada por el Servicio de Inspección de la Consejería de Salud. Durante el pasado año, los profesionales de este cuerpo realizaron 26 inspecciones a oficinas de farmacia por distribución de medicamentos o ventas sin receta en la comunidad autónoma. Cinco de ellas motivaron la apertura de expedientes sancionadores.