El pasado viernes día 2 de diciembre se tuvo conocimiento de la Sentencia 00181/2016 de fecha 29 de noviembre, de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, con unanimidad de los tres jueces que la componen, respecto de la demanda presentada por CCOO, UTF y FETRAFA contra UGT, FEFE y FENOFAR contra la legalidad de la constitución de la Mesa Negociadora, derivada de los porcentajes de representatividad en la bancada sindical.
Dicha sentencia viene a declarar la legalidad de la constitución de la Mesa Negociadora desestimando “la demanda porque el momento de acreditar las legitimaciones inicial, deliberativa y plena es el de la constitución de la Comisión Negociadora lo que no se hizo por los demandantes, que se autoexcluyeron, al no acudir a dicha reunión sin causa de justificación”.
La sentencia no deja lugar a dudas y aboga rotundamente por la legalidad de la constitución de la Mesa y por la rigurosidad Legal de UGT, FEFE y FENOFAR, en todo este proceso.
Bien es cierto que todavía no es firme la sentencia pero dada la unanimidad de la Sala nos parece ciertamente improbable que el Tribunal Supremo enmiende a la Audiencia Nacional, más si tenemos en cuenta con la determinación que osa fundamentos de hecho y de derecho han conformado el fallo.
Es importante valorar que la Sentencia indirectamente viene a avalar la labor que hemos desarrollado desde UGT, FEFE y FENOFAR, que no era otra que atender a las obligaciones que el laudo arbitral nos marcaba: constituir la Mesa Negociadora pronto y negociar un texto, que todos entendemos parte de la base del contenido de aquel laudo.
A día de hoy las negociaciones giran en torno a las cuestiones de siempre: salarios, jornada, vigencia y algunos flecos en cuanto a la conciliación.
No sabemos si dará tiempo a cerrarlo en diciembre porque el tiempo es el que es, no obstante nuestro propósito es ese y hacia el estamos orientando todo nuestro trabajo y esfuerzo.